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Cartera Integral S.A.S

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EPS SURA Y SU PERMANENCIA EN EL SISTEMA DE SALUD

Desde el pasado mes de mayo de 2024, la EPS Sura le solicitó a la Supersalud la autorización para el retiro voluntario del sector salud, solicitud la cual fue denominada Programa de desmonte progresivo. La entidad elevó la solicitud, bajo los argumentos que no cumple con uno de los indicadores de habilitación financiera, lo que podría dar lugar a que la Superintendencia de Salud tome medidas especiales y que pueda terminar con su liquidación, en perjuicio de los usuarios afiliados a la entidad.

La solicitud fue presentada bajo el argumento que el desmonte es una figura jurídica que permite el retiro de manera ordenada y diligente del sistema de salud a la EPS. De igual forma, la solicitud permitiría realizar una transición coordinada y planificada de sus afiliados, que garantizara la entrega completa de la información clínica y favoreciera la continuidad del tratamiento, según las necesidades de salud de cada uno de los usuarios.

El pasado 9 de diciembre La Superintendencia de Salud se pronunció de la solicitud elevada,

y basados en el estudio técnico que acompañó la solicitud fundamentada en el riesgo sistémico, decidió negar el retiro del sistema de la EPS Sura y en su lugar se acordó con la entidad continuar trabajando en mesas técnicas que garanticen la continuidad en la prestación de servicios y el derecho fundamental a la salud de 5.4 millones de afiliados, así como la definición de un cronograma que establece compromisos conjuntos orientados al fortalecimiento de la atención para la población usuaria.

La EPS Sura frente a esta Resolución de la Supersalud tiene un plazo de 10 días para interponer un recurso de reposición, si  piensa que sus argumentos son viables, para que la misma sea revisada.