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Cartera Integral S.A.S

Sentencia 1558 de agosto de 2025

La Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, mediante sentencia 1558 de agosto de 2025 ratificó su postura frente al proceder de las empresas de servicios temporales y sus limitaciones, ya que las mismas pueden ser utilizadas para cumplir las actividades excepcionales y temporales previstas en el artículo 77 de la Ley 50 de 1990, sean o no del giro habitual de sus negocios, pero no para cubrir necesidades permanentes de la empresa usuaria o sustituir personal permanente.

LEY SOBRE PROCESOS EJECUTIVOS DERIVADOS DEL ARBITRAJE

Una herramienta muy utilizada como garantía de cumplimiento de obligaciones en Colombia, para garantizar el pago de las mismas de manera más expedita, es mediante la firma de un título valor. Las garantías en esencia, son un contrato accesorio cuyo objeto es asegurar el cumplimiento de una obligación principal.